Aun así, la nueva ley sobre la tasa de alcoholemia no tiene una fecha concreta, pero sí un año predilecto: 2025. Este cambio se debe al aumento de siniestralidad y mortalidad por estas causas. De hecho, es la segunda causa de siniestralidad mortal de España. Por ello, la DGT ha endurecido mucho más la normativa y control actual.
Tasa de alcohol actual
En España, los límites de alcohol permitidos para conducir está regulada por la Dirección General de Tráfico y varía según el tipo de conductor. Para conductores generales, el límite es de 0,5 gramos por litro (g/l) de alcohol en sangre o 0,25 miligramos por litro (mg/l) en aire espirado.
Superar estos límites conlleva multas, retirada de puntos del carné e incluso penas de prisión en casos graves. La normativa busca reducir los accidentes de tráfico relacionados con el consumo de alcohol, garantizando una mayor seguridad vial para todos los usuarios.
Tasa alcoholemia nueva ley
La nueva ley sobre la tasa de alcoholemia propone mayores restricciones en la conducción bajo los efectos del alcohol. De hecho, en los conductores generales se ha pasado de 0,5 gramos por litro en sangre a 0,2 g/l. Es decir, se han bajado tres décimas, un cambio bastante significativo en materia vial.
En camio, las pruebas de por aire aspirado no han experimentado grandes cambios, aunque sus límites sean muy bajos. Se ha pasado de 0,25 miligramos por litro a 0,1 mg/l. Estas restricciones se han aplicado sobre conductores generales, ya que los profesionales cuentan con mayores límites.
Nueva tasa de alcohol en sangre | La antigua |
0,2 gramos por cada litro | 0,5 gramos por cada litro |
Nueva tasa de alcohol por aire aspirado | La antigua |
0,1 miligramos por cada litro | 0,25 miligramos por cada litro |
Tasa de alcohol profesionales antes vs en el futuro
La tasa de alcohol para profesionales también ha cambiado. Anteriormente, los límites en las pruebas por sangre se encontraban en 0,3 gramos por litro ingerido. En cambio, con la nueva propuesta se encontraría en 0,2 g/l, es decir, una décima menos que antes. Estos niveles permitidos también se aplican a los conductores noveles por su falta de experiencia al volante.
Por otro lado, en cuanto a las pruebas de aire aspirado, tampoco ha habido un cambio tan grande, pero aun así los niveles siguen siendo muy bajos. Se ha pasado de 0,15 miligramos por litro a 0,1 mg/l. Estas duras restricciones se deben a la gran responsabilidad de los conductores, ya que no solo comprometen la vida de los demás sino de los demás pasajeros o de la mercancía. Además, conducen vehículos de grandes dimensiones y muy pesados cuya conducción tiene que ser plenamente consciente y controlada en todo momento.
Nuevos límites | Tipo de prueba |
0,2 g/l | Por sangre |
0,1 mg/l | Por aire aspirado |
Tabla de sanciones por alcoholemia DGT
Basándonos en las sanciones por superar el límite de alcoholemia antes de la propuesta de no ley, si un conductor general supera los límites de alcoholemia permitidos, es decir, 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l por aire aspirado, conllevaría dos consecuencias: multa de 500 euros y retirada de 4 puntos.
En cambio, si lo hace un conductor profesional, superando la tasa de alcohol permitida para ellos, es decir, 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l por aire aspirado, también estarían sujetos a la pérdida de 4 puntos sumado a la multa económica de 500 euros.
Aunque hay varios casos en los que se aplican distintas penalizaciones. Por ejemplo, si un conductor general sobrepasa de 0,5 a 0,6 gramos por litro en las pruebas de sangre le conllevaría una multa de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos. Si estos límites se encuentran entre 0,6 y 1,2 g/l serían las mismas consecuencias, salvo que se consideraría delito contra la seguridad vial. A esto se le suma que si es reincidente la multa también ascendería a 1.000 euros, pero se podría retirar entre 4 y 6 puntos.
Tipo de conductor | Tasa de alcohol | Multa a pagar | Retirada de puntos |
Conductor general | 0,5 g/l por sangre / 0,25 mg/l por aire | 500 euros | 4 puntos |
Conductor profesional | 0,3 g/l por sangre / 0,15 mg/l por aire | 500 euros | 4 puntos |
Conductor general | Entre 0,6 y 1,2 g/l por sangre | 1000 euros | 6 puntos |
Tasa alcoholemia delito
Conducir bajo los efectos del alcohol se considera un delito grave en España cuando se superan ciertos límites o se pone en peligro la seguridad vial. Según el Código Penal, se tipifica como delito conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 mg/l o en sangre superior a 1,2 g/l, independientemente de si ha habido un accidente o no.
También es considerado grave si, aunque los niveles sean inferiores, el conductor realiza maniobras peligrosas que puedan causar un accidente o afectar gravemente al tráfico. Este delito puede ser sancionado con penas de prisión de tres a seis meses, trabajos en beneficio de la comunidad y retirada del carnet de conducir de hasta cuatro años. Todo ello será supervisado en el respectivo control de alcoholemia.