Seguramente te haya ocurrido más de una vez: vas circulando por una vía de varios carriles y los de la izquierda están llenos de coches, mientras que el carril de la derecha está prácticamente vacío. Seguro que también hayas visto a algún conductor adelantando por el carril vacío, aunque sea el derecho. ¿Es legal este tipo de maniobra? ¿Puede hacerse en ciudad?
Veamos lo que dice la Ley de Seguridad Vial, en su “Sección 6ª, Adelantamiento. Artículo 33, Normas generales”:
1. En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.
2. Por excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, así como en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la zona central.
3. Reglamentariamente se establecerán otras posibles excepciones a la norma general señalada en el apartado 1 y particularidades de la maniobra de adelantamiento en función de las características de la vía.
¿Cuándo puedo adelantar por la derecha?
Habrás deducido, después de leer lo que dice el reglamento de circulación, que sí está permitido adelantar por la derecha, pero solo en algunas ocasiones. Como norma general, debes quedarte con esta premisa: el adelantamiento, por la izquierda. Y en todos los casos, señalizando con antelación los cambios de carril, respetando la prioridad del resto de conductores, manteniendo una trayectoria siempre predecible y una distancia de seguridad adecuada. Así, colaborarás en una conducción segura y fluida.
Podrás adelantar por el carril de la derecha en autovías o autopistas, con varios carriles para la circulación, siempre que exista espacio y que el conductor del coche adelantado señalice su intención de girar a la izquierda o de parar, en vías urbanas con al menos dos carriles para cada sentido y delimitados por líneas, y en vías con tráfico en ambos sentidos de circulación y con carril central de tranvía.
Resulta importante diferenciar entre lo que se considera “adelantamiento” y “rebasamiento”. El adelantamiento implica sobrepasar a otro coche; es decir, salirte de tu carril, sobrepasarlo y volver a tu carril. No se considera adelantamiento, por ejemplo, cuando un vehículo está inmovilizado por algún motivo (estacionamiento, parado, avería, accidente…). Tampoco cuando, en situaciones de alta densidad del tráfico o en retenciones –en las que tu velocidad depende del coche de delante– se pueden dar casos de rebasamiento, en los que los vehículos de un carril circulen más rápido que los de otro carril situado a su izquierda.
En este último caso, así como en otros en los que un vehículo circula por la derecha a más velocidad que el resto y no se produce ningún cambio de carril, no se considera adelantamiento alguno, por lo que en la práctica sí que se pueden producir estos casos. Cambiarte al carril de la derecha para adelantar y volver al de la izquierda sí que no está permitido.
¿Y circular por el carril izquierdo cuando el de la derecha está libre?
La DGT se preocupó hace unos meses de realizar una campaña para concienciar a los conductores del uso del carril de la derecha siempre que sea posible. El motivo es conseguir un tráfico fluido en carretera y mejorar la seguridad de todos, en el que solo los vehículos más rápidos y que quieran adelantar usen los carriles de la izquierda.
¿Sabías que circular por el carril izquierdo en autovía, dejando libre el de la derecha, está prohibido y es objeto de una multa de 200 euros? Que no se diga que no te hemos avisado.